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Información y contratación.


¿En qué consiste?


La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (BOE Nº 269, de 10 de noviembre de 1995) establece en su artículo 16.3 la obligatoriedad de investigar los hechos que hayan producido un daño para la salud en los trabajadores, a fin de detectar sus causas.

La Investigación de Accidentes y Enfemedades Profesionales debería englobar todos los accidentes, incluyendo aquellos que no han ocasionado lesiones a los trabajadores expuestos, denominados accidentes blancos o incidentes.

La identificación de las causas de un accidente de trabajo permitirá establecer medidas correctoras que permitan su control. Pero, esto no resulta siempre sencillo, debido a que los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales suelen obedecer a múltiples causas, lo que hace necesaria la realización de una investigación especializada efectuada por técnicos de prevención.


¿Quién tiene obligación de realizarla?

El empresario será el encargado de llevar a cabo la Investigación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.


¿Qué objetivos se persiguen?

  • Establecimiento de las causas que han provocado el accidente o enfermedad profesional.
  • Implantar medidas correctoras orientadas a eliminar las causas para prevenir la repetición del mismo accidente o enfermedad profesional.
  • Mejora del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa.
  • Cumplimiento con la normativa legal vigente en materia de investigación de accidentes.
  • Evitar sanciones administrativas por incumplimiento de la normativa legal vigente.

¿Qué trabajos se realizan? *

  • Investigación de accidentes blancos o incidentes.
  • Investigación de accidentes leves.
  • Investigación de accidentes graves.
  • Investigación de accidentes muy graves o mortales.
  • Establecimiento de medidas correctoras en base a la investigación efectuada.
  • Asesoramiento de nuestro personal técnico sobre la materia.


(*) Sujeto a las condiciones de contratación y a los trabajos concertados.

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